TJE declara empate en la alcaldía de Guanaja y ordena repetir elecciones


El Tribunal de Justicia Electoral (TJE) resolvió que en el municipio de Guanaja, Islas de la Bahía, existe un empate en la elección de la Corporación Municipal, por lo que ordenó repetir las elecciones en un plazo máximo de 20 días.

La decisión surge tras analizar el Recurso de Apelación presentado por la candidata liberal Kristen Sheray Borden Bush, quien denunció inconsistencias en varias Juntas Receptoras de Votos (JRV) y solicitó un recuento jurisdiccional. Durante el proceso, el TJE verificó las actas, revisó los agravios y constató que, luego del recuento parcial autorizado, los resultados entre los candidatos en contienda quedaron igualados, imposibilitando la adjudicación del cargo.

El Tribunal señala violaciones al debido proceso

En su resolución, el TJE determinó que el Consejo Nacional Electoral (CNE) no resolvió de fondo la solicitud de revisión presentada antes de emitir la declaratoria oficial de resultados, lo que vulneró el derecho de petición y el debido proceso. Esa omisión habilitó la vía recursiva ante el Tribunal.

Asimismo, el TJE concluyó que la falta de revisión oportuna de las inconsistencias denunciadas afectó derechos políticos fundamentales, tanto de la candidata recurrente como de los ciudadanos de Guanaja.

Orden de repetir elecciones

Ante el empate confirmado y la imposibilidad de determinar un ganador conforme a la Ley Electoral, el Tribunal ordenó:

  • Repetir la elección municipal en Guanaja
  • Realizar la nueva votación dentro de los próximos 20 días
  • Notificar al CNE para que organice el proceso de manera inmediata

La repetición de elecciones se aplicará únicamente al nivel electivo de Corporación Municipal.

Contexto

El caso involucró a los candidatos Kristen Sheray Borden Bush (PLH), Rollin Dion Kelly Hurlston (PNH) y Lloyd Russell Borden Sanders (LIBRE), quienes participaron como terceros interesados en el proceso. El TJE llevó a cabo recuentos jurisdiccionales, audiencias y revisión de actas antes de emitir su fallo.

La decisión marca un precedente relevante en materia electoral, al establecer que cuando el recuento confirma un empate y existen indicios de inconsistencias no resueltas, la vía constitucional es convocar nuevamente a las urnas.


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