Sesal aclara que tiendas de ropa usada no pagarán L20 mil por licencia
La Secretaría de Salud (Sesal) desmintió este martes las versiones que circulan en redes sociales sobre un supuesto cobro de 20 mil lempiras por una licencia sanitaria para negocios dedicados a la venta de ropa usada.
A través de la Dirección General de Vigilancia del Marco Normativo (DGVMN), la institución aclaró que esa información es falsa y precisó que el trámite exigido para este tipo de establecimientos corresponde a una constancia de cumplimiento de medidas ambientales, cuyo costo es de 200 lempiras.
Según Salud, el monto está establecido en el Artículo 6, Tabla IV, del Acuerdo Transitorio de Cuotas de Recuperación por Servicios Prestados, y la constancia tiene una vigencia de un año.
Trámite no requiere abogado
La Sesal indicó que el documento puede ser gestionado directamente por el propietario del establecimiento, sin necesidad de contratar un abogado u otro intermediario.
Asimismo, explicó que la constancia únicamente acredita el cumplimiento de las medidas ambientales requeridas y no constituye una licencia sanitaria ni otorga derechos adicionales.
Diferencia entre licencia y constancia
Las autoridades también diferenciaron ambos documentos. La licencia sanitaria es la autorización que permite fabricar, importar, almacenar, distribuir o comercializar productos de interés sanitario, así como prestar determinados servicios de salud, siempre que se cumplan los requisitos técnicos y legales.
En cambio, la constancia es un documento que certifica el cumplimiento de condiciones específicas, como las medidas ambientales aplicables a los establecimientos que comercializan ropa de segunda mano.
La Secretaría de Salud exhortó a la población a verificar la información a través de los canales oficiales para evitar la difusión de rumores que generen confusión entre los emprendedores y comerciantes.
