Vienen sanciones por incumplimiento de la Ley para la Defensa y Promoción de la Competencia
La titular de La Comisión para la Defensa y Promoción de la Competencia (CDPC), Suyén Muñoz, advierte que las empresas que no hayan notificado su concentración económica, incumpliendo la presente Ley, se someterán a medidas precautorias y ordenamiento de la suspensión temporal de dicha operación, hasta que concluya su investigación, sin perjuicio de las sanciones correspondientes aplicables
La Comisión para la Defensa y Promoción de la Competencia (CDPC), hace saber a las empresas y sus asesores legales, organizaciones, entidades tales como Registros Públicos de Comercio, Cámaras de Comercio, Instituto de la Propiedad y al público en general.
Que en el marco de la normativa legal vigente en materia de regulación de libre competencia y relativos a las operaciones de concentraciones económicas (Toma o cambio de control de empresas, y las diversas figuras y modalidades de transacciones mercantiles).
Mediante un comunicado han dado a conocer que la Ley de Competencia establece la notificación previa obligatoria para que las empresas (los agentes económicos) sometan a análisis y verificación de la Comisión, la pretendida operación de concentración económica antes de que la misma surta sus efectos. Las empresas que no hayan notificado, incumpliendo la presente Ley, se someterán a medidas precautorias y ordenamiento de la suspensión temporal de dicha operación, hasta que concluya su investigación, sin perjuicio de las sanciones correspondientes aplicables.
A los Registros Públicos de Comercio y aquellas Cámaras de Comercio que actúan como Centros Asociados del Instituto de la Propiedad, en base al Principio de cooperación horizontal entre entidades, se les pide prestar la debida colaboración a fin de facilitar la información necesaria para lograr identificar dichas operaciones económicas (las fusiones y/o concentraciones económicas inscritas en el Registro Mercantil, incluyendo el monto de los activos y ventas totales de las empresas involucradas en la fusión y/o concentración económica).
Asimismo, comunica a la Comisión, las operaciones mercantiles registrables; tales como, pero no limitadas a: fusiones, compra de participaciones accionarias, control de la administración, participaciones de capital, agrupaciones de acciones, partes sociales, fideicomisos o activos.
La CDPC, reafirma su compromiso de evitar las operaciones de concentración económicas que restrinjan, dañen, disminuyan o impidan la libre competencia en el mercado hondureño.
Véase el comunicado. https://www.cdpc.hn/?q=node/205