Requerimiento fiscal contra perito balístico por la omisión de custodia
El Ministerio Público (MP) por medio de la Fiscalía Especial para el Enjuiciamiento de Funcionarios del Sector Justicia (FEES-SJ), presenta requerimiento fiscal contra el perito balístico de la Dirección Policial de Investigaciones (DPI) Gerardo Alfredo Pérez López por omitir su responsabilidad de custodiar y proteger un medio de prueba.
De acuerdo al expediente, Pérez López es acusado por los delitos de violación de los deberes de los funcionarios y abandono del cargo, al haber omitido su deber de custodia y protección del medio de prueba consistente en un arma de fuego, misma que fue enviada a su laboratorio para la respectiva pericia.
Según la relación de hechos, en fecha 14 de noviembre del año 2021, un suboficial de Policía en su condición de jefe de Laboratorio Balístico Forense de la DPI interpuso una denuncia, ya que el acusado no se había presentado a laborar, en virtud de ello se trasladaron al domicilio del señor Pérez López, donde fueron atendidos por un familiar, quien les manifestó que él se había ido a Estados Unidos de América con un grupo de danza folklórica.
Debido a la ausencia del perito balístico, se ordenó que se verificaran los caso que éste tenía asignados, logrando constatar que en su área de trabajo se encontraba un embalaje abierto, sin la evidencia, misma que según rotulación era un arma de fuego, tipo pistola, que correspondía a una orden de trabajo solicitada por la Fiscalía de Delitos Contra la Vida.
Por lo anterior, el Ministerio Público presentó requerimiento al encontrar en la investigación indicios de responsabilidad y con ello el imputado sea presentado ante un juez de lo Penal con Competencia Nacional en Materia de Criminalidad Organizada y Corrupción.
El MP reitera que a través de la FEES-SJ continúa trabajando para realizar y coordinar todas las investigaciones por las denuncias que se presenten o que de oficio se instruyan contra los servidores de la Corte Suprema de Justicia, Ministerio Público, Policía Nacional y demás entidades de investigación criminal, por hechos constitutivos de delitos de acción penal pública emanados del cumplimiento de sus funciones.