Sala Constitucional admite recurso contra «decreto pirujo» sin suspender vigencia


La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) admitió los recursos presentados contra el decreto 058-2025, aprobado por el presidente del Congreso Nacional, Luis Redondo, y que desconocen los resultados electorales, pero sin suspender el acto reclamado, confirmó este lunes la magistrada Isbela Bustillo.

La admisión de los recursos implica que las acciones legales continúan su trámite. Sin embargo, el decreto impugnado sigue vigente y aplicándose, mientras la Sala emite una resolución definitiva sobre el fondo del caso.

Qué implica no suspender el acto reclamado

En términos jurídicos, no suspender el acto reclamado significa que la norma cuestionada no se detiene ni se paraliza por la sola presentación de recursos legales.

Aunque los demandantes activaron mecanismos constitucionales, el decreto mantiene efectos legales, hasta que exista un fallo definitivo del máximo tribunal constitucional del país.

Recursos admitidos sin efectos suspensivos

La magistrada Isabela Bustillo explicó que los amparos presentados carecen de efectos suspensivos, mientras que las acciones de inconstitucionalidad solo fueron admitidas a trámite por los cinco magistrados que integran la Sala.

La decisión permite la continuidad del decreto aprobado por el residente del Congreso Nacional, el oficialista Luis Redondo, pese a los cuestionamientos constitucionales planteados por los recurrentes.

Declaraciones de la magistrada Bustillo

Bustillo señaló que la Sala admitió los recursos, pero no aplicó medidas cautelares que detuvieran la vigencia de la normativa impugnada.

“Fueron admitidos los recursos, pero no se protegió el aspecto que la población esperaba de una Sala garante de derechos”, declaró a periodistas en Tegucigalpa.

La magistrada sostuvo que la decisión deja vigente el decreto y traslada la discusión de fondo al pleno de la Corte Suprema de Justicia.

Resolución final pasará al pleno de la CSJ

La decisión definitiva sobre las impugnaciones corresponderá al pleno de la Corte Suprema de Justicia, que deberá pronunciarse sobre la constitucionalidad del decreto 058-2025.

No obstante, Bustillo indicó que el momento procesal para suspender el decreto ya pasó, lo que limita los efectos prácticos de una eventual resolución favorable a los recurrentes.

Alcance jurídico de una futura sentencia

Según explicó la magistrada, una resolución posterior del pleno tendría efectos principalmente jurisprudenciales, aplicables a casos futuros.

El decreto impugnado podría haber perdido impacto inmediato, debido a que la Sala no aplicó medidas de suspensión durante la fase inicial del proceso.

Contexto del decreto cuestionado

El decreto 058-2025, aprobado por el Congreso Nacional bajo la presidencia de Luis Redondo, enfrenta acciones legales por presuntas vulneraciones constitucionales.

Con la admisión de los recursos, el proceso judicial continúa, pero sin frenar la aplicación de la norma, mientras se define su constitucionalidad en instancias superiores.


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