Luis Redondo frena renuncia de Nasralla
*** El artículo 205 de la Constitución ordena que esas decisiones se sometan a la cámara no es decisión de Luis Redondo, Redondo no puede hacer esa interpretación, esa decisión es del pleno y el otro órgano la sala Constitucional de la CSJ, afirmó el abogado Kenneth Madrid.
El presidente del Legislativo, Luis Redondo rechazó someter al pleno la renuncia del designado presidencial Salvador Nasralla después de leer un análisis jurídico sobre el tema.
Redondo posteó en X: En uso de mis facultades Constitucionales establecidas en los artículos 321, 322, 323, 324 y 374 de la Constitución y, de los artículos 1 y 22 numerales 1, 2, 3, 4, 5, 7, 15 y 24 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo.
Y cumpliendo con mi deber de proteger, cumplir y hacer cumplir la Constitución, no puedo someter al pleno, ni dar trámite a esta solicitud que lo que pide es violentar la Constitución, violentar los artículos pétreos de nuestra Constitución.
Y no voy a apoyar ni directa, ni indirectamente ningún tipo de reelección presidencial, ya que se incurren en delitos imprescriptibles. Y no voy a someter a los Congresistas a una acción que acarrea responsabilidad que no prescribe.
Varios diputados consideraron como un abuso, una decisión arbitraria que deja fuera a Nasralla de toda posibilidad de buscar la presidencia, llevándose de encuentro el reglamento del Congreso y las leyes del país.
«Redondo ha desafiado al Congreso Nacional y ahora vamos a ver qué viene para el pueblo hondureño», dijo un congresista.
Expertos constitucionalistas como Oliver Erazo, dicen que solo se tenía que someter al pleno y los diputados debieron tomar la decisión y el Legislativo no es un órgano juridiccional.
Otros como Omar García, dijo que LIBRE hará todo lo posible para evitar que lleguen candidatos que amenacen su presidencia. Esa decisión fue un acto arbitrario, le tienen miedo a la democracia.
El artículo 205 de la Constitución ordena que esas decisiones se sometan a la cámara no es decisión de Luis Redondo, Redondo no puede hacer esa interpretación, esa decisión es del pleno y el otro órgano la sala Constitucional de la CSJ, agregó el abogado Kenneth Madrid.
Redondo actúa de forma personal traslada un problema político al ámbito personal, Redondo está faltando a las facultades que le da la Constitución.
El ha actuado de forma ilegal, el artículo 205 constitucional dice que no es el criterio del presidente el que debe prevalecer, sino el pleno de diputados.
«La interpretación que se hizo a la ley no tiene pies ni cabeza», es un escrito emocional el que le hicieron a Redondo y que leyó en la sesión.
En uso de mis facultades Constitucionales establecidas en los artículos 321, 322, 323, 324 y 374 de la Constitución y, de los artículos 1 y 22 numerales 1, 2, 3, 4, 5, 7, 15 y 24 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo.
— LUIS REDONDO 🇭🇳 (@Lredondo) April 25, 2024
Y cumpliendo con mi deber de proteger, cumplir y hacer… pic.twitter.com/y9CZb2wWRq