¿Cuántos impuestos se pagan realmente en Honduras y sobre quién recae la mayor carga?
- El ISV y el ISR concentran aproximadamente tres cuartas partes de los ingresos tributarios proyectados para 2026.
- Las empresas pagan 25 % de ISR y, en determinados casos, una Aportación Solidaria del 5 % sobre la renta neta gravable que excede L1 millón.
- Honduras mantiene numerosos impuestos y contribuciones, pero la discusión de fondo es cómo se distribuye la carga entre consumidores, trabajadores y empresas.
Comprar un producto, recibir ingresos, obtener utilidades, importar mercancías, vender un activo, consumir combustibles o mantener una empresa puede generar diferentes obligaciones tributarias en Honduras.
Pero no existe una respuesta única sobre cuántos impuestos paga una persona o una empresa. Algunos gravan el consumo, otros los ingresos y utilidades, los activos, las importaciones o determinadas operaciones.
Aunque existen numerosos tributos, la recaudación está concentrada principalmente en dos grandes fuentes: el Impuesto Sobre Ventas (ISV) y el Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Para 2026, el Presupuesto de Ingresos proyectó L186,379.9 millones en ingresos tributarios. De esa cantidad, L60,036.1 millones corresponden al ISR y aproximadamente L80,879.5 millones al ISV del 15 % y 18 %.

¿CUÁLES SON LOS PRINCIPALES IMPUESTOS?
1. IMPUESTO SOBRE VENTAS (ISV)
Es probablemente el impuesto que el ciudadano encuentra con mayor frecuencia porque grava el consumo de bienes y servicios.
La tasa general es de 15 %, mientras determinados productos, como bebidas alcohólicas, cigarrillos y otros productos elaborados de tabaco, están sujetos a una tasa de 18 %.
Para 2026, el Estado presupuestó recaudar L77,129.5 millones mediante el ISV del 15 % y otros L3,750 millones mediante el ISV del 18 %. Esto convierte al Impuesto Sobre Ventas en una de las principales fuentes de recursos públicos del país.
2. IMPUESTO SOBRE LA RENTA
El ISR grava los ingresos provenientes del capital, del trabajo o de la combinación de ambos. Las empresas constituidas como personas jurídicas pagan una tarifa de 25 % sobre su renta neta gravable. Las personas naturales tienen una escala diferente.
Para el ejercicio fiscal 2026 están exentos los primeros L228,324.32 de renta gravable anual. Después se aplican tasas progresivas de 15 %, 20 % y 25 %, dependiendo del nivel de ingresos.
El Gobierno presupuestó obtener L60,036.1 millones en 2026 por las distintas modalidades relacionadas con el ISR.

3. APORTACIÓN SOLIDARIA
Las empresas pueden enfrentar una obligación adicional al ISR. La Aportación Solidaria es del 5 % sobre el exceso de L1 millón de renta neta gravable de las personas jurídicas sujetas a este régimen.
Esto significa que no es técnicamente correcto afirmar que todas las empresas pagan automáticamente un ISR de 30 %.
La tasa general del ISR continúa siendo de 25 %, pero determinadas empresas deben agregar la Aportación Solidaria sobre la parte de la renta neta gravable que excede el millón de lempiras.
4. IMPUESTO AL ACTIVO NETO
También permanece dentro de la estructura tributaria el Impuesto al Activo Neto. La tarifa establecida es del 1 % anual sobre el activo total neto, sujeto a las deducciones, exenciones y demás reglas establecidas legalmente. Para 2026, el Estado proyectó recaudar L545.2 millones por este concepto.

5. IMPUESTO SOBRE GANANCIAS DE CAPITAL
Vender determinados bienes o activos también puede generar una obligación tributaria. Las ganancias de capital obtenidas por personas naturales o jurídicas están sujetas, con carácter general, a un impuesto único del 10 %, cuando la operación corresponde legalmente a una ganancia de capital.
Para 2026 se presupuestaron L985.1 millones por este concepto, además de un rubro específico relacionado con ganancias de capital de ZOLITUR.
6. DIVIDENDOS Y PARTICIPACIÓN DE UTILIDADES
La distribución de dividendos y participaciones de utilidades también tiene tratamiento tributario. En términos generales, existe una retención del 10 % sobre estas distribuciones, conforme a las disposiciones tributarias aplicables.
Esto significa que las utilidades empresariales pueden generar obligaciones diferentes dependiendo de si permanecen dentro de la empresa o posteriormente son distribuidas a los socios o accionistas.

7. IMPUESTO SOBRE ALQUILER HABITACIONAL
También existe un impuesto específico relacionado con determinadas rentas provenientes del alquiler de viviendas o edificios de apartamentos.
La tasa es de 10 % para las personas naturales comprendidas dentro del régimen cuando se supera el umbral establecido legalmente, bajo las condiciones previstas en la normativa.
8. IMPUESTOS A LA PRODUCCIÓN Y CONSUMO
La estructura tributaria hondureña contiene gravámenes específicos sobre determinados productos. Entre ellos aparecen impuestos relacionados con la producción de cerveza, aguardiente, licor compuesto, aguas gaseosas y cigarrillos.
También existen el Impuesto Selectivo al Consumo de artículos varios y el Impuesto Selectivo al Consumo de vehículos.
Estos tributos no afectan de la misma manera a todos los contribuyentes, porque dependen del producto o actividad económica correspondiente.
9. IMPUESTOS Y DERECHOS SOBRE IMPORTACIONES
Los productos que ingresan al país pueden estar sujetos a derechos arancelarios y otros tributos dependiendo de su clasificación, procedencia y régimen aplicable.
Por eso, un producto importado puede incorporar diferentes cargas antes de llegar al consumidor: derechos arancelarios, impuestos específicos cuando correspondan y posteriormente el ISV.
Los tratados de libre comercio y otros regímenes especiales también pueden modificar o eliminar determinados aranceles dependiendo del producto y su país de origen.

10. APORTE SOBRE LOS COMBUSTIBLES
Cada vez que un hondureño compra combustibles también existe una carga fiscal incorporada dentro de la estructura del precio.
Entre los ingresos tributarios aparece el Aporte para la Atención a Programas Sociales y Conservación del Patrimonio Vial.
Para 2026, el Gobierno presupuestó obtener L14,184 millones mediante este concepto.
La estructura tributaria también contempla ingresos relacionados con el gas LPG.
El peso de este aporte explica por qué cualquier discusión sobre reducir o suspender impuestos relacionados con los combustibles tiene consecuencias sobre las finanzas públicas.

11. CONTRIBUCIÓN POR TRANSACCIONES FINANCIERAS
La denominada Tasa de Seguridad también permanece dentro de la estructura fiscal hondureña. Formalmente se trata de la Contribución Especial por Transacciones Financieras Pro-Seguridad Poblacional.
Las instituciones financieras actúan como agentes de retención o percepción en las operaciones sujetas al gravamen.
La tarifa aplicable a varias de estas operaciones equivale a L2 por cada L1,000, es decir, 0.2 %, aunque existen operaciones exentas y tratamientos específicos.
Para 2026, el Gobierno proyectó recaudar L5,697.5 millones mediante la contribución del 0.2 % sobre transacciones financieras Pro-Seguridad Poblacional.
12. OTRAS CONTRIBUCIONES PRO-SEGURIDAD
La contribución sobre determinadas transacciones financieras no es la única vinculada al esquema de seguridad poblacional.
La estructura fiscal mantiene otros conceptos relacionados con sectores específicos, entre ellos telefonía móvil, minería y comidas rápidas.
No se trata de impuestos que todos los hondureños paguen directamente, sino de contribuciones aplicables a determinadas actividades económicas.

13. OTROS IMPUESTOS Y GRAVÁMENES ESPECÍFICOS
La lista tributaria continúa con obligaciones aplicables a determinadas actividades. La estructura presupuestaria contempla ingresos relacionados con casinos de juego, timbres de contratación, revaluación de activos, servicios turísticos, traspaso de vehículos y otras operaciones específicas.
También existen obligaciones relacionadas con máquinas tragamonedas y otros productos o actividades reguladas por disposiciones tributarias particulares.
Esto explica por qué no existe una cifra única que permita afirmar que todos los hondureños pagan determinada cantidad de impuestos.
14. IMPUESTOS MUNICIPALES
A las obligaciones nacionales deben agregarse los tributos municipales. Dependiendo del municipio y del tipo de contribuyente pueden existir obligaciones relacionadas con bienes inmuebles, industria, comercio y servicios, impuesto personal y diferentes tasas por servicios municipales.
Las alcaldías administran estos recursos conforme a la legislación municipal y sus respectivos planes de arbitrios.
Por eso, dos empresas similares ubicadas en municipios diferentes pueden enfrentar diferencias en determinadas obligaciones locales.

¿LOS PAGOS A CUENTA SON OTRO IMPUESTO?
No. Esta diferencia es importante. Los pagos a cuenta forman parte del mecanismo de recaudación anticipada del Impuesto Sobre la Renta y, cuando corresponde, de la Aportación Solidaria.
Determinados contribuyentes deben adelantar durante el año parte de las obligaciones que posteriormente serán liquidadas en su declaración correspondiente.
Actualmente se distribuyen en cuatro cuotas, con vencimientos establecidos durante el período fiscal.
Por eso, sumar los pagos a cuenta al ISR como si fueran otro impuesto independiente produciría una doble contabilización de la carga tributaria.

¿DE DÓNDE SALE LA MAYOR PARTE DEL DINERO?
Aunque la lista de tributos es extensa, el Estado depende principalmente de unas pocas fuentes. El Presupuesto 2026 contempla L186,379.9 millones en ingresos tributarios.
De esa cantidad, L88,317.5 millones corresponden al conjunto de impuestos sobre producción, consumo y ventas, dentro del cual el ISV constituye el componente principal. Otros L60,036.1 millones corresponden al Impuesto Sobre la Renta.
Esto evidencia que, aunque Honduras tiene numerosos gravámenes, la recaudación se encuentra fuertemente concentrada en el consumo y la renta.
ENTONCES, ¿CUÁNTOS IMPUESTOS PAGA REALMENTE UNA EMPRESA?
No existe una cifra única. Una empresa comercial común podría estar relacionada con ISR, ISV, Aportación Solidaria si supera el umbral correspondiente, Activo Neto cuando resulte aplicable, pagos a cuenta como anticipo, retenciones y tributos municipales.
Si además importa productos, distribuye dividendos, vende activos o participa en actividades sujetas a impuestos específicos, pueden aparecer obligaciones adicionales.
Pero existe una precisión fundamental: no es correcto sumar simplemente 25 % de ISR, 5 % de Aportación Solidaria, 1 % de Activo Neto y 15 % de ISV y concluir que una empresa paga 46 % en impuestos.
Cada tributo utiliza una base de cálculo diferente. Algunos recaen sobre las utilidades, otros sobre ventas o consumo, activos, operaciones determinadas o productos específicos. Además, algunos funcionan como anticipos y otros pueden trasladarse al consumidor.
