CNBS activa nuevo esquema para revelar quién controla realmente las empresas


Honduras dio un nuevo paso en materia de transparencia empresarial con la entrada en vigor del reglamento que obliga a las sociedades y otras estructuras jurídicas a identificar y reportar a las personas que ejercen el control real de sus operaciones. La normativa, publicada en octubre de 2026, establece el funcionamiento del Registro Centralizado de Beneficiario Final, administrado por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS).

Reglamento

El Reglamento de la Ley de Transparencia y Registro Centralizado de Beneficiario Final comenzó a aplicarse tras su publicación en La Gaceta No. 37,273, del 19 de octubre de 2026.

La disposición desarrolla el marco legal aprobado mediante el Decreto Legislativo No. 127-2026 y define cómo deberán identificar, documentar y mantener actualizada la información sobre las personas naturales que poseen o controlan efectivamente una entidad.

Con ello, el país incorpora procedimientos específicos para fortalecer la trazabilidad de la propiedad empresarial y reforzar los mecanismos de control sobre las estructuras societarias.

¿Quién será considerado beneficiario final?

El reglamento establece que será considerado beneficiario final por propiedad quien posea, de forma directa o indirecta, el 25 % o más del capital o patrimonio de una entidad.

Cuando ese criterio no permita identificar a una persona, deberán aplicarse los mecanismos previstos para determinar quién ejerce el control efectivo de la organización.

Las entidades obligadas tendrán que respaldar esa identificación mediante documentación que acredite la estructura de propiedad, la identidad de los involucrados y la forma en que se ejerce el control.

Empresas tendrán plazos para actualizar la información

Entre las nuevas obligaciones figura la presentación de una Declaración Jurada de Beneficiario Final ante el registro administrado por la CNBS.

La información deberá actualizarse a más tardar el 30 de mayo de cada año, mientras que cualquier modificación en la propiedad o el control deberá reportarse dentro de los 10 días hábiles del mes siguiente al cambio.

La CNBS será la encargada de emitir posteriormente el acto administrativo que definirá el inicio formal del proceso de inscripción, los formularios y los mecanismos operativos para presentar la información.

Registro tendrá acceso restringido y contempla fuertes sanciones

El reglamento también establece que los datos contenidos en el Registro Centralizado de Beneficiario Final tendrán carácter confidencial y solo podrán consultarse en los casos autorizados por la ley.

Como parte de la implementación, la CNBS desarrolla un proyecto piloto para ajustar el funcionamiento del sistema antes de su aplicación integral.

La normativa incorpora además un régimen sancionador que contempla multas de entre 20 y 500 salarios mínimos, cuya aplicación dependerá de la gravedad de la infracción, el tamaño de la entidad y su capacidad económica.

Con este esquema, Honduras busca fortalecer la prevención del lavado de activos, reducir el uso de estructuras para ocultar la propiedad real de las empresas y ofrecer mayor seguridad jurídica al entorno empresarial.


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