Diputados suplentes estarán incorporadas y ganarán un sueldo


El Congreso Nacional aprobó reformar la Ley Orgánica en el artículo 49 donde dice que: “El presidente del Poder Legislativo determina los diputados suplentes de cada una de las bancadas políticas que pueden participar con voz y voto en el pleno”.

Esta reforma, indica que todos los diputados suplentes estarán integrados e incorporados al Congreso Nacional y recibirán todos los beneficios y derechos.

Actualmente todos los 128 diputados suplentes reciben sueldo, por lo que se legaliza un derecho que ya es reconocido. De esta manera:

Diputados suplentes por Bancada que reciben sueldo y gozan de todos sus derechos: 61 del Partido Nacional, 30 de Libertad y Refundación, 26 del Partido Liberal, 4 del Pinu, 4 de Alianza Patriótica, 1 del Partido Anticorrupción, 1 de Unificación Democrática, 1 de Democracia Cristiana.

El derecho de voz y voto en el pleno podrá ser utilizado por el diputado suplente en ausencia temporal o definitiva de un diputado o diputada propietaria.

Este decreto establece también que el sueldo del diputado suplente no será inferior al 60 % del sueldo, de los viáticos y gastos de representación que le corresponden a un diputado propietario.

Los diputados suplentes deben estar presentes en todas las reuniones del Pleno del Congreso Nacional a efecto de garantizar su disponibilidad en caso de ser requeridos para participar con voz y voto al Pleno, además deben integrarse como miembros alternos a por lo menos una Comisión Ordinaria, y asistir y participar en todas las reuniones de Comisión que integren.


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