¿Cómo funcionaría la donación de órganos con la nueva ley en Honduras?


Honduras podría ampliar las posibilidades de donación y trasplante de órganos, incluso con donantes no relacionados y personas fallecidas, si el Congreso Nacional aprueba una nueva legislación que busca regular estos procedimientos y establecer controles para evitar el comercio ilegal de órganos humanos.

El dictamen de la Ley de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células Humanas ya se encuentra en la Secretaría General del Congreso Nacional, pero todavía no ha sido discutido ni aprobado por el pleno legislativo.

La propuesta contempla la creación de un Centro Nacional de Trasplantes, la certificación de hospitales autorizados y mecanismos para registrar la voluntad de donar órganos.

El diputado Carlos Umaña, integrante de la Comisión de Salud, explicó que el documento fue elaborado mediante consultas con asociaciones de pacientes y organizaciones médicas.

¿QUÉ CAMBIARÍA CON LA NUEVA LEY?

Actualmente, según explicó Umaña, en Honduras se realizan trasplantes renales con donantes relacionados.

La nueva legislación permitiría ampliar las posibilidades de donación para incluir a personas sin vínculo familiar con el receptor, siempre que se cumplan las condiciones médicas y legales correspondientes.

También establecería procedimientos para obtener órganos de personas fallecidas, bajo requisitos específicos.

El objetivo es contar con un sistema regulado que permita desarrollar trasplantes con mayores controles y garantías para donantes y pacientes.

¿CÓMO PODRÍA UNA PERSONA CONVERTIRSE EN DONANTE?

Uno de los mecanismos contemplados es el denominado testamento vital, mediante el cual una persona dejaría registrada su voluntad de donar órganos.

La propuesta vincula esta decisión con el Documento Nacional de Identificación (DNI).

Actualmente, el distintivo de donante se representa mediante un corazón grabado con láser en la parte superior izquierda del reverso del documento.

Quienes deseen incorporar esta identificación pueden solicitar información al Registro Nacional de las Personas (RNP) sobre el procedimiento para obtener un nuevo DNI con el distintivo.

Sin embargo, los efectos legales de esta manifestación de voluntad y los procedimientos de autorización deberán quedar claramente establecidos en la normativa.

¿SE PODRÍAN DONAR ÓRGANOS DE PERSONAS FALLECIDAS?

Sí. La propuesta contempla la posibilidad de utilizar órganos de personas fallecidas, incluso como consecuencia de accidentes de tránsito, cuando se cumplan los criterios médicos y legales establecidos.

Uno de los requisitos señalados es la certificación de muerte cerebral.

Esto significa que no bastaría con que una persona se encuentre inconsciente, en coma o conectada a un respirador.

La muerte cerebral debe ser diagnosticada y certificada mediante procedimientos médicos específicos.

Además, será necesario determinar la viabilidad de los órganos y cumplir las condiciones de consentimiento que establezca la legislación.

La propuesta también contempla a pacientes ingresados en unidades de cuidados intensivos que presenten muerte cerebral certificada.

¿QUIÉN CONTROLARÍA LOS TRASPLANTES?

El dictamen propone crear un Centro Nacional de Trasplantes, dirigido por un coordinador nacional.

Esta instancia tendría responsabilidades relacionadas con la organización del sistema y la certificación de los establecimientos médicos habilitados para realizar trasplantes.

No cualquier hospital podría efectuar estos procedimientos.

Los centros de salud tendrían que cumplir requisitos de infraestructura, personal especializado, equipamiento y condiciones de seguridad que deberán precisarse en la reglamentación.

¿SE PODRÍAN VENDER ÓRGANOS?

No. Uno de los puntos centrales de la propuesta es prohibir la comercialización de órganos, tejidos y células humanas.

También contempla restricciones contra el denominado turismo de trasplantes, con el propósito de evitar que Honduras sea utilizada como destino para procedimientos vinculados con prácticas ilegales.

“Eso queda absolutamente prohibido en esta ley a través de un reglamento”, afirmó el diputado Carlos Umaña.

La donación deberá desarrollarse bajo principios médicos y legales, sin convertir los órganos humanos en mercancías.

¿QUÉ PREOCUPA A LOS MÉDICOS?

El exdirector del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), Carlos Aguilar, considera que la iniciativa puede representar un avance para el sistema sanitario.

Sin embargo, advirtió que su implementación necesitará una estructura institucional confiable, personal capacitado y mecanismos de supervisión.

“Debe de existir por eso una figura institucional que lidere y que le genere confianza a la gente”, manifestó.

El especialista también destacó la importancia de ampliar las opciones de trasplantes para pacientes con enfermedades renales y problemas graves de visión.

Entre los principales desafíos estarán garantizar la transparencia en la asignación de órganos, prevenir posibles abusos y asegurar que los procedimientos se desarrollen bajo estrictos criterios médicos.

¿LA LEY YA ESTÁ VIGENTE?

No. El dictamen permanece en la Secretaría General del Congreso Nacional.

Esto significa que las nuevas disposiciones propuestas todavía no constituyen una ley aprobada y vigente.

El Congreso deberá programar su discusión y completar el procedimiento legislativo correspondiente.

¿QUÉ SIGUE?

El siguiente paso será que el pleno del Congreso Nacional conozca y debata el dictamen.

Los diputados deberán definir las condiciones de donación, los mecanismos de consentimiento, los controles sobre los hospitales y las responsabilidades del futuro Centro Nacional de Trasplantes.

De aprobarse la legislación, su aplicación también requerirá desarrollar la reglamentación y establecer las capacidades institucionales necesarias.

La importancia de esta iniciativa no radica únicamente en permitir más trasplantes, sino en construir un sistema que garantice que cada donación se realice de manera voluntaria, segura, transparente y sin fines comerciales.


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