Privación de dominio a bienes de Tony Hernández
La Fiscalía Especial Contra el Crimen Organizado (FESCCO), en equipo con la Dirección de Lucha Contra el Narcotráfico (DLCN), logró un fallo de privación definitiva del dominio sobre los bienes que diciembre de 2018 le fueron incautados al exdiputado Juan Antonio Hernández Alvarado.
Los activos que se ubicaron y de los cuales era titular de derecho el congresista (periodo 2014-2018) son consistentes en: una casa de habitación en residencial Palmeras de San Ignacio de la ciudad de Tegucigalpa, así como varios vehículos y productos financieros.
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Esta sentencia de extinción de dominio se sustenta en la investigación realizada por la DLCN en virtud de la detención de los ciudadanos Magdaleno Meza Fúnez conocido también como Nery Orlando López Sanabria (fallecido), Erika Julissa Bandy García, Maximiliano Echeverría García, José Santos Mejía Laínez y Daniel Alberto Ticas Santos, en fecha 6 de junio de 2018 en la carretera de Vida Nueva, Cofradía, Cortés, a quienes se les incautó la cantidad $193,220.00 ocultos en un compartimiento dentro de un vehículo en el cual se conducían; a estas personas se les decomisó documentación en la cual se encontraron indicios de vinculación con el señor Juan Antonio Hernández Alvarado, por tal razón dicho ciudadano fue requerido como investigado y se le tomó declaración.
Posteriormente y en virtud de los hechos públicamente conocidos que hacen referencia a la detención y procesamiento del señor Hernández Alvarado en los Estados Unidos de América y con fundamento en el artículo 33 de la Ley Sobre Privación Definitiva de Dominio de Bienes de Origen Ilícito, el Ministerio Público solicitó y posteriormente fue ordenada la medida de aseguramiento sobre bienes que hasta el momento se han identificado, con el fin de preservar su disponibilidad, mismos que de conformidad con el artículo 34, de la normativa anteriormente citada, fueron puestos a la orden de la Oficina Administradora de Bienes Incautados (OABI).
Una vez finalizado este juicio de privación de dominio de bienes de origen ilícito, los activos sujetos al proceso pasarán a favor del Estado de Honduras.
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