Especialistas: Sin sentido recursos de amparo contra Junta Proponente


Especialistas explican que no tienen sentido los recursos de amparo admitidos sin suspensión del acto reclamado en la Sala de lo Constitucional y que fueron formulados por aspirantes separados del proceso de elección del fiscal general y adjunto.

Para el caso, el abogado constitucionalistas Oliver Erazo, consideró que en la realidad material ya no existe la Junta Proponente y “entonces es un hecho consumado y es ineficaz”.

Así, señaló que no se podía suspender la Junta Proponente, porque ya se disolvió, a pesar de los recursos de amparo presentados.

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En el caso del abogado constitucionalista Juan Carlos Barrientos, consideró que “creemos que, a estas alturas, que ya se firmó el acta para disolver la Junta Proponente, porque ya cumplió su propósito», ya no tenía absolutamente ningún sentido para la Sala de lo Constitucional admitir esos recursos con suspensión del acto reclamado, porque que el acto que se reclama ya no se puede suspender, pues ya desapareció.

Los recursos habrían tenido sentido si se hubiesen interpuesto antes que se enviará la lista de candidatos al Congreso Nacional y se disolviera la Junta Proponente, coincidieron.


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